Martes de Dimas
La Constitución, Ley de Leyes o Carta Magna, como la ley de mayor jerarquía jurídica y política de una república, traza las líneas de organización, las reglas y las funcionesde los órganos, organizaciones e instituciones de una nación. En la medida la Ley fundamental -como también se le denomina a la Constitución- surja o no del consenso entre las diferentes fuerzas que componen una sociedad determinada, servirá para el avance, el estancamiento o el retroceso.
Como las sociedades son cambiantes, los postulados constitucionales no puede ser obstáculo para el desarrollo. Cuando esto ocurre la Constitución debe ser reformada o sustituida; atributo que le corresponde al soberano, es decir, al pueblo, mediante representantes elegidos para ese fin. Para evitar que los gobernantes o legisladores establezcan pautas para siempre, negando de esa forma el derecho que corresponde a cada generación de decidir sobre su propio modo de vivir.
Un hecho ilustrativo de lo antes planteado ocurrió en Cuba el 26 de enero de 1901, en la Convención que redactó la primera Constitución la República. En esa oportunidad el patriota cubano Juan Gualberto Gómez, en su condición de Delegado, al discutirse el tipo de relaciones que debía existir entre el Estado y las distintas iglesias, expresó:
“Si yo me opuse y sigo oponiéndome a que nosotros en un artículo constitucional determinemos qué clase de relaciones haya de tener el Estado con las iglesias diversas que pueden establecerse en el país, es precisamente… porque estoy convencido de que en la Constitución no debemos poner nada más que lo que es esencial y fundamental dentro del estado actual de nuestro país“. Y añadió: “por otra parte, yo conceptúo que es una doctrina antiliberal, que nosotros, aprovechándonos de la circunstancia de estar aquí reunidos para un mandato definido pretendamos ligar el porvenir, cerrar el derecho de nuestro pueblo hacia el mañana, deteniendo su impulso… “.
Juan Gualberto argumento, de forma irrebatible, lo inútil y perjudicial de legislar lo que le corresponde a otros, porque hacerlo en nombre de los que vendrán después es negar la esencia de la historia como proceso. Pensar que los continuadores serán inferiores a los presentes e intentar determinar por ellos tiene un solo nombre: aberración histórica.
En el año 2002, un siglo después de las palabras de Juan Gualberto, el Proyecto Varela propuso una reforma constitucional a favor de las libertades fundamentales y recogió las firmas correspondientes para ello, a lo cual el Gobierno respondió con una Enmienda Constitucional –sometida a referendo– bajo el control monopólico del Estado sobre los medios de comunicación, con todas las instituciones y todos los mecanismos del Partido-Estado-Gobierno empeñados en una estruendosa campaña publicitaria por su aprobación.
Esa reforma se trasladó a la Constitución de 2019 en su artículo 4:
“… La traición a la patria es el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a la más severas sanciones. El sistema socialista que refrenda esta Constitución, es irrevocable. Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”.
Este artículo entra en franca contradicción con el 56 de la misma Constitución, el cual reza:
“Los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocerán por el Estado siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las perceptivas establecidas en la Ley”.
Esa contradicción permite a las autoridades interpretar cualquier intento de expresión pública, si la misma no es iniciativa del partido gobernante, y calificarla de ilícita. Ello significa otorgarle carácter eterno a un modelo que, además de inviable, ni los nacidos ni los que nacieron después lo eligieron libre y democráticamente, lo que ha convertido a Cuba en el único país occidental anclado constitucionalmente al pasado.
La intención de perpetuidad la declaró el general Raúl Castro en la Asamblea Nacional del Poder Popular(ANPP), el 19 de abril de 2018, donde dijo que: en la próxima Constitución no habrá cambio de nuestro objetivo estratégico. Y el 3 de junio, al presentar la Comisión designada para redactar el Anteproyecto de la Constitución vigente, el presidente Miguel Díaz-Canel planteó, que la reforma a la Constitución de 1976 no implicará ningún cambio en el sistema político, se mantendrá el carácter “irrevocable” del socialismo en Cuba, y el Partido Comunista de Cuba (PCC) ejercerá el control sobre el resto de los organismos del Estado. Es decir, el Secretario del Partido Comunista y el Presidente del país definieron previamente lo que se podía o no cambiar en la Carta Magna. Es decir, el Partido primero, la Constitución después.
La declaración de irrevocable, ni en 2002 ni ahora,resolverá la incapacidad del socialismo totalitario, sino que lo ha agudizado al desconocer un derecho, una libertad y una necesidad vital para cualquier nación:introducir en cada momento los cambios necesarios para su desarrollo.
La esencia del problema radica en la ausencia de la soberanía ciudadana, que constituye un poderoso instrumento para la participación, el desarrollo y el bien común. Cuando se ignoran esos fundamentos la Carta Magna deviene palanca de freno. Sencillamente porque el pasado no puede regir el presente.
Si ninguno de los órganos de la estructura del poder es elegido directamente por el pueblo, el Presidente de la República está subordinado a la ANPP, y ésta al Partido Comunista, entonces el pueblo cubano no es el soberano, lo que se refleja en la imposibilidad no sólo de hacer cambios sino de manifestarse, porque la Constitución declara al modelo vigente como irrevocable.
Si se define a la ANPP como órgano supremo del poder del Estado, con potestad constituyente, la declarada soberanía del pueblo se traslada a la ANPP. Si además, se declara eterno un modelo que ni los nacidos ni los que están por nacer han elegido democráticamente, Cuba queda constitucionalmente anclada al pasado.
Aunque la Constitución de 2019 fue “aprobada”, gracias al analfabetismo político inducido, que obstaculiza a los cubanos relacionar sus pésimas condiciones de vida con los preceptos constitucionales, el descontento creciente se manifestó públicamente el 11-J y se manifestará una y otra vez hasta que esas condiciones se transformen.
La suerte es que, como la Cuba y el mundo de hoy, no son la Cuba y el mundo de 1959. Por ello, nada detendrá la marcha de la historia. La Constitución vigente tiene que ser reformada o la vida seguirá otro curso, no precisamente el trazado por el carácter irrevocable del socialismo.
La Habana, 25 de octubre de 2021
- Dimas Cecilio Castellanos Martí (Jiguaní, 1943).
- Reside en La Habana desde 1967.
- Licenciado en Ciencias Políticas en la Universidad de La Habana (1975), Diplomado en Ciencias de la Información (1983-1985), Licenciado en Estudios Bíblicos y Teológicos en el (2006).
- Trabajó como profesor de cursos regulares y de postgrados de filosofía marxista en la Facultad de Agronomía de la Universidad de La Habana (1976-1977) y como especialista en Información Científica en el Instituto Superior de Ciencias Agropecuarias de La Habana (1977-1992).
- Primer premio del concurso convocado por Solidaridad de Trabajadores Cubanos, en el año 2003.
- Es Miembro de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Cubanos con sede en la Florida.
- Miembro del Consejo Académico del Centro de Estudios Convivencia (CEC).