Otra acepción de “regulado” en Cuba

Jueves de Yoandy

El 10 de abril de 2019 entró en vigor la quinta Constitución de la República de Cuba, aprobada en referéndum por el 86,8% de los votos. Mucho se debatió durante el proceso constitucional vivido en los últimos meses de 2018 e inicios de 2019. Se publicaron decenas de artículos de opinión y análisis de los principales contenidos de la que fuera borrador y luego texto definitivo de Carta Magna; y hasta hubo quien tomara el tema para estudios superiores, como el Máster en Ciencias Sociales de quien escribe.

Cuando los temas de un debate están controlados, y se habla en términos de lo que es permitido y lo que es prohibido, no podemos hablar de verdaderas libertades. Así es que los cambios que se introdujeron en una gran parte del articulado responden a cuestiones de forma y no de contenido. Si se trata de los derechos fundamentales, tal como se enuncian en la Constitución, pareciera que vivimos en la República ideal. Por ejemplo, el Artículo 52 dice: “Las personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley”. Sin embargo, luego nos encontraremos con una Ley Migratoria que en su Artículo 25, inciso h, enuncia que: “Toda persona que se encuentre en el territorio nacional, no puede salir del país… cuando por otras razones de interés público lo determinen las autoridades facultadas”. Entonces, dentro de este supuesto cabemos todos los que alguna vez hemos sido “regulados”, “bajados de vuelo”, o “PS, prohibición de salida”, como eufemísticamente llama el gobierno y sus instituciones migratorias a los que no tienen otro delito que “pensar y hablar sin hipocresía”. Como “regulado” me pregunto una vez más: ¿Cuáles son las razones de interés público? ¿Quiénes son las autoridades facultadas? El ciudadano que acude a reclamar en estos casos a las oficinas de inmigración, solo obtendrá por respuesta que “ellos no son quienes regulan”. Pueden elevar la reclamación a los “Órganos” superiores y comunicar la respuesta que le indiquen (si lo hacen) en un plazo determinado. Y así pasa el tiempo y se suman personas a una lista que limita, arbitrariamente, el derecho a la libertad de movimiento.

La prohibición de salida del país a miembros de la sociedad civil cubana se ha convertido en una estrategia para desestabilizar el trabajo hacia el interior de los equipos, para disminuir la presencia de Cuba en eventos en que a veces se comparte con algún que otro oficialista, y para evitar que algunos testimonios sean emitidos de viva voz. Digo esto último porque lo que a veces el gobierno cubano ignora es el poder de las redes sociales y las nuevas tecnologías de la comunicación: ya no hacen falta tribunas, ni micrófonos, ni auditorios, basta una conexión a internet, un red social con seguidores y muchas personas que decidan libre y voluntariamente amplificar un mensaje.

Buscar la lógica en estos caso no es recomendable. Básicamente porque no se aplica. Incluso, es tal la arbitrariedad que en ocasiones se llega hasta decidir quién sí y quién no, aun cuando el evento al que asistan sea el mismo.

No debemos dejar de un lado el reclamo de nuestros derechos y libertades fundamentales, pero sobre todo debemos tener muy claro que nuestro trabajo es aquí y ahora, dentro de Cuba y en este momento histórico. El Centro de Estudios Convivencia ha pasado varios años difíciles, con la sede confiscada, el acoso a varios de sus miembros, este tipo de regulaciones, y otras arbitrariedades. Sin embargo, lo que hacemos, ese pequeño aporte para el futuro de Cuba, lo podremos seguir realizando, independiente de salidas del país. Repito, nuestro trabajo se hace desde el interior de Cuba, en Pinar del Río, y en él participa todo ciudadano de forma libre, respetuosa y pacífica. Por cierto, justo esta semana estamos publicando en nuestra web los dos últimos Informes de Estudios del Itinerario de Pensamiento y Propuestas para Cuba, que venimos desarrollando desde 2015 de conjunto Isla y Diáspora.

Como me ha regalado una amiga en uno de sus mensajes de apoyo, nada mejor que la Palabra venida de la experiencia del Redentor del mundo: “Bienaventurados seréis cuando os injurien, y os persigan y digan con mentira toda clase de mal contra vosotros por mi causa. Alegraos y regocijaos, porque vuestra recompensa será grande en los cielos; pues de la misma manera persiguieron a los profetas anteriores a vosotros” (Mt 5). 

 


  • Yoandy Izquierdo Toledo (Pinar del Río, 1987).
  • Licenciado en Microbiología.
  • Máster en Bioética por la Universidad Católica de Valencia y el Centro de Bioética Juan Pablo II.
  • Máster en Ciencias Sociales por la Universidad Francisco de Vitoria, Madrid, España.
  • Miembro del Consejo de Redacción de la revista Convivencia.
  • Responsable de Ediciones Convivencia.
  • Reside en Pinar del Río.

 

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