La Reforma de la Enseñanza Superior: la universidad para los revolucionarios

Martes de Dimas

La expulsión durante décadas de profesores y alumnos de la educación superior en Cuba se ha sustentado en una diversidad de normas legales cuya matriz común es la “Ley Reforma de la Enseñanza Superior en Cuba”, promulgada en enero de 1962.

En 1959 el Gobierno revolucionario, en lugar de restablecer plenamente la Constitución de 1940, sin consulta popular, la sustituyó por los Estatutos conocidos como “Ley Fundamental del Estado Cubano”, que confirió al Primer Ministro las facultades de Jefe de Gobierno y al Consejo de Ministros las funciones del Congreso.

Acto seguido se procedió al desmontaje de la red de asociaciones y de los instrumentos legales que conformaban la sociedad civil cubana, incluyendo la autonomía universitaria, que fue ignorada, no como resultado del conflicto surgido entre estudiantes y profesores por la expulsión de un alumno de la Escuela de Ingeniería de la Universidad de La Habana, sino como punto culminante del proceso de desmontaje de la institucionalidad y la sociedad civil existente en Cuba que, entre 1959 y 1961 fueron barridas y sustituidas por otras carentes de autonomía, que es la característica esencial que define una verdadera sociedad civil.

En ese proceso de desmantelamiento, de las organizaciones políticas que participaron en la lucha insurreccional surgió el Partido Comunista de Cuba (PCC). El diverso movimiento juvenil desapareció para dar paso, primero a la Asociación de Jóvenes Rebeldes y luego a la Unión de Jóvenes Comunistas (UJC). Las múltiples asociaciones femeninas, que contaban con una larga historia, fueron sustituidas por la Federación de Mujeres Cubanas (FMC). La Confederación de Trabajadores de Cuba fue intervenida y sustituida por la Central de Trabajadores Cuba-Revolucionaria (CTC-R). La Asociación de Hacendados, la de Cosecheros de Tabaco, la Asociación Nacional Campesina y otras, fueron sustituidas por la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños. Las asociaciones de empleadores y las de profesionales corrieron la misma suerte. Mientras la prensa escrita, radial y televisiva, la red de cines, la producción editorial y las instituciones culturales, quedaron limitadas a lo establecido en el Congreso de Cultura de 1961: “Dentro de la Revolución: todo; contra la Revolución ningún derecho”.

Llegado a este punto, el desarme cívico resultaba incompleto si permanecía en pie una de las instituciones que había desempeñado un papel vital en los acontecimientos políticos y sociales de la República y constituía una vigorosa fuerza de cambio: la autonomía universitaria.

Una prueba de la cautela con que se manejo el tema de la autonomía fue la promulgación, por el Consejo de Ministros, de la Ley 916, dictada el 31 de diciembre de 1960, mediante la cual se creó el Consejo Superior de Universidades, presidido por el Ministro de Educación e integrado por cuatro representantes de cada una de las Universidades Oficiales cubanas y cuatro del Gobierno Revolucionario.

En su penúltimo por cuanto la Ley 916 reza: la necesaria coordinación, planificación y racionalización de la Enseñanza Superior, de ningún modo ha de entenderse como posibilidad de lesión a la autonomía universitaria, sino, por el contrario, como la manera de facilitar la más activa participación del personal docente de las universidades en la dirección y orientación educacional del país. Es decir, por la letra de este por cuanto, la autonomía universitaria supuestamente sería fortalecida; declaración que ocultaba la verdadera intención y ponía en evidencia lo escabroso que resultaba su eliminación sin una previa edulcoración.

Entre los argumentos empleados para promulgar la “Reforma de la Enseñanza Superior en Cuba”, en enero de 1962, se mencionan: la honda crisis de la docencia superior cubana; la creación de universidades privadas destinados a rivalizar con aquellos en que la rebeldía estudiantil continuaba viejas tradiciones de combate; la persistencia desde la época colonial de viejos males docentes; la existencia de un sistema de educación superior desvertebrado, tocado por la corrupción y, sobre todo, inservible a los altos fines de la renovación y el desarrollo económico y moral de nuestra patria; y que los intentos realizados para superar esa deficiencia… no tenían peso suficiente para producir un cambio de profundidad. Por tanto, ante los graves problemas desarrollados en la Universidad de La Habana, a lo largo de 1959 y 1960, el Gobierno Revolucionario, en cumplimento de sus ineludibles obligaciones, dictó las medidas conducentes a resolver la situación planteada. Una Junta Superior de Gobierno, electa de profesores y estudiantes, se hizo cargo de modo provisional, de la dirección universitaria, y comenzó a laborarse, con firmeza y patriotismo, en la gran obra reformista.

Con la Reforma la Junta Superior de Gobierno pasó a ser el órgano de más alta jerarquía en el régimen de la Universidad. Presidida por el Rector como autoridad ejecutiva superior, el poder de la Junta quedó en manos de un representante designado del Estado. A partir de ahí la autonomía desapareció de la escena universitaria.

Así, quedó anulada la historia del movimiento estudiantil que condujo a la autonomía universitaria: En 1922 se fundó la Federación de Estudiantes de la Universidad (FEU). En 1923 se presentó a la Cámara de Representantes un proyecto de ley que concedía autonomía y personalidad jurídica a la Universidad. En 1925 el gobierno de Gerardo Machado disolvió la Asamblea Universitaria, ilegalizó la FEU y retrotrajo a la Universidad de la Habana a su estado anterior. En 1930, el Directorio Estudiantil Universitario (DEU) lanzó un Manifiesto que exigía nuevamente la plena autonomía en lo académico, administrativo y económico. En 1933 el Consejo y el Claustro universitarios aprobaron el anteproyecto de autonomía que fue ratificado por el presidente Ramón Grau San Martín, con el cual entró en vigor la autonomía universitaria. En 1934, el gobierno de Carlos Mendieta dejó sin efecto la autonomía universitaria. Y en 1937, con el presidente Federico Laredo Bru, la Universidad de La Habana se constituyó válidamente en corporación de interés público con amplia autonomía. Finalmente, la Constitución de 1940, en su artículo 53 refrendó: “La Universidad de La Habana es autónoma y estará gobernada de acuerdo con sus Estatutos y con la Ley a que los mismos deban atemperarse“.

Con su eliminación, la autonomía Universitaria, que se mantuvo vigente hasta la mencionada Ley 916, de 10 de enero de 1962, dejó el terreno listo para el control monopólico del Partido-Estado-Gobierno. Se introdujo la enseñanza del marxismo en todas las carreras universitarias y se subordinó a profesores, investigadores y estudiantes al proyecto ideológico revolucionario; una de cuyas peores manifestaciones ha sido la expulsión de los estudiantes y profesores que no comparten la ideología del sistema y la excluyente declaración: “La universidad para los revolucionarios”.

 

 


  • Dimas Cecilio Castellanos Martí (Jiguaní, 1943).
  • Reside en La Habana desde 1967.
  • Licenciado en Ciencias Políticas en la Universidad de La Habana (1975), Diplomado en Ciencias de la Información (1983-1985), Licenciado en Estudios Bíblicos y Teológicos en el (2006).
  • Trabajó como profesor de cursos regulares y de postgrados de filosofía marxista en la Facultad de Agronomía de la Universidad de La Habana (1976-1977) y como especialista en Información Científica en el Instituto Superior de Ciencias Agropecuarias de La Habana (1977-1992).
  • Primer premio del concurso convocado por Solidaridad de Trabajadores Cubanos, en el año 2003.
  • Es Miembro de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Cubanos con sede en la Florida.
  • Miembro del Consejo Académico del Centro de Estudios Convivencia (CEC).

 

Ver todas las columnas anteriores

Scroll al inicio