El 10 de abril en la Historia de Cuba

Yoandy Izquierdo Toledo

Jueves de Yoandy

En el mes de abril tenemos algunas fechas patrias de relevancia para Cuba. No las referidas a la violencia armada, que rememoran intransigencia y muerte, sino algunas que hablan de civilidad, pluralismo y pensamiento de alto vuelo. Me quiero referir, esencialmente, al 10 de abril.

El 10 de abril de 1869 se celebró en el poblado de Guáimaro, a seis meses del Grito de Independencia, la Convención Constituyente, con el fin de redactar y aprobar la Constitución de la República de Cuba en Armas. Está fue la primera Asamblea Constituyente elegida y celebrada en el país y que dio lugar a nuestra primera Constitución, que sí tuvo vigencia y efecto legal en el territorio liberado y entre los insurrectos. Se dice que con ella nace la historia constitucional cubana. La Constitución de Guáimaro establecía la superioridad del texto constitucional sobre las leyes ordinarias, y así creaba un verdadero Estado de Derecho, a la vez que definía un Estado cubano con fines propios, civilista y de carácter igualitario. También figuran entre los aportes de esta Constitución, la propuesta de emancipación de la mujer y la solicitud del derecho a participar en la contienda libertaria, posición liderada por la patriota Ana Betancourt.

En la crónica que escribiera José Martí un 10 de abril de 1892 planteaba que: “Ni Cuba ni la historia olvidarán jamás que el que llegó a ser el primero en la guerra, comenzó siendo el primero en exigir el respeto de la ley…” –refiriéndose a Carlos Manuel de Céspedes, el Padre de la Patria, y defensor de una de las dos posiciones presentadas a debate en la Asamblea de Guáimaro. 

Siguiendo en la línea de la historia constitucional cubana, y saltando muchos otros momentos importantes referidos a la etapa republicana y posterior a 1959, tenemos también que un 10 de abril, pero de 2019, fue proclamada una nueva Constitución para Cuba. Esta es la que rige actualmente, y aún permanece pendiente la redacción de algunas leyes y códigos complementarios como el Código de Familia.

El Proceso Constitucional cubano que tuvo lugar a partir del segundo semestre de 2018 e inicios de 2019 demostró la pertinencia de la elaboración de una nueva Constitución para la República de Cuba. Sin embargo, al analizar los momentos más importantes del proceso, es decir, la Consulta Popular y el Referendo Constitucional, se deduce la falta de inclusión de todos los criterios ciudadanos, la censura de la diversidad y la aprobación de un instrumento legal que legitima a un sistema que mantiene su esencia intacta.

La Constitución de la República de Cuba de 2019, de acuerdo con las clasificaciones generales, se considera una Constitución impuesta. Sus contenidos principales, el anclaje al pasado, el lenguaje y la garantía de mantener la supremacía del único Partido sobre el Estado y la persona, confirman que Cuba continúa necesitando una Ley de leyes realizada, verdaderamente, desde y para la ciudadanía.

Referirnos a la primera Constitución de la etapa colonial, y a la última, nos viene a confirmar que el conocimiento, grosso modo, de los textos constitucionales que han regido en Cuba, sirve para poder generar ideas desde la ciudadanía, en torno a una nueva Constitución de la República de Cuba y evitar, de esta forma, los errores cometidos en el pasado. La Historia Constitucional necesita ser vista en un contexto superior, la historia del país, que sirve de trasfondo a las situaciones políticas del presente.

La Historia Constitucional de un país puede ser puede ser analizada desde dos perspectivas diferentes, pero que deben ser conjugadas: la normativo-institucional y la doctrinal. “Desde la primera, se ocupa de las normas que en el pasado se regularon las bases o fundamentos de la organización y funcionamiento del Estado… Desde la segunda perspectiva, se ocupa de la reflexión intelectual que tuvo lugar acerca del Estado”. Estas dos categorías nos pueden ayudar a hacer una valoración crítica, por ejemplo, de la Constitución aprobada en 2019.

La situación de analfabetismo jurídico en Cuba, especialmente en lo constitucional, resalta la idea de que el estudio formal de la Ley de leyes es un deber cívico y un requerimiento básico. Las consecuencias que acarrean el desconocimiento o el desinterés ya las vimos y sufrimos durante el proceso constitucional de 2019.

Por otro lado, y ya no relacionado con las constituciones, el 10 de abril se conmemora también la fundación del Partido Revolucionario Cubano por José Martí en 1892. Un día como hoy, 8 de abril tuvo lugar la votación para elegir a los dirigentes de este, que reunía, fundamentalmente, a los obreros emigrados que con sus contribuciones ayudaron a sufragar los gastos de la Guerra Necesaria que Martí organizaría desde el exilio. El principal objetivo del Partido era agrupar las fuerzas revolucionarias fuera de la Isla, concentradas en los Clubes de tabaqueros de Tampa y Cayo Hueso. ¿Qué diferencia existe entre esta parte de nuestra historia, protagonizada por el más universal de los cubanos, y los miembros de la sociedad civil de la Isla y de la Diáspora, que a más de un siglo de distancia enarbolan los mismos ideales para alcanzar una meta semejante: la verdadera libertad de Cuba?

En la misma crónica martiana por el aniversario de Guáimaro el apóstol decía: “Tienen los pueblos, como los hombres, horas de heroica virtud, que suelen ser cuando el alma pública, en la niñez de la esperanza, cree hallar en sus héroes, sublimados con el ejemplo unánime, la fuerza y el amor que han de sacarlos de agonía; o cuando la pureza continua de un alma esencial despierta, a la hora misteriosa del deber, las raíces del alma pública”. Cuba vive en estos tiempos horas de agonía y dolor: que sepamos revertirlas en bien para la Patria, y para la persona del cubano, que espera la anhelada libertad transformada en paz, amor y bienestar para todos.

Gómez, R. (2007). Constitucionalismo y cambio democrático en Cuba. Madrid: Editorial Hispano Cubana, Madrid 2007.

 

 


  • Yoandy Izquierdo Toledo (Pinar del Río, 1987).
  • Licenciado en Microbiología.
  • Máster en Bioética por la Universidad Católica de Valencia y el Centro de Bioética Juan Pablo II.
  • Máster en Ciencias Sociales por la Universidad Francisco de Vitoria, Madrid, España.
  • Miembro del Consejo de Redacción de la revista Convivencia.
  • Responsable de Ediciones Convivencia.
  • Reside en Pinar del Río.

 

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