El 1 de julio de 1940 en Guáimaro, donde se redactó la primera constitución de la República en Armas, se firmó el texto constitucional más democrático y avanzado de la historia de Cuba: la Constitución de 1940. Diecinueve años después, en 1959, sin consulta popular la Constitución fue sustituida por la Ley Fundamental del Estado Cubano, utilizada como soporte para la instaurar un sistema totalitario. La fecha, pues, es una oportunidad para reflexionar acerca de su significado.
Por definición, las constituciones son los textos de mayor jerarquía jurídica y política de un Estado, que reflejan el desarrollo social y la correlación de las fuerzas políticas en un momento determinado, responden al presente y apuntan al futuro inmediato. Su articulado resulta de transacciones donde cada parte cede algo en pro de una meta común. Esas características las condensó en una oración el tercer presidente de los Estados Unidos, Thomas Jefferson: “Cada generación tiene derecho a su propio sistema jurídico; mientras el periodista y político cubano, Manuel Márquez Sterling, la calificó de “traje adecuado a las necesidades del país”[1]. Por esos atributos se les conoce también como Carta Magna, Ley Suprema o Ley de leyes.
La relevancia de la Constitución de 1940 la brinda la historia constitucional de Cuba. En 1811 el padre José Agustín Caballero redactó el “Proyecto de Gobierno Autonómico para Cuba”. Durante la segunda mitad del siglo XIX aprobaron las constituciones de la República en Armas XIX (Jimaguayú y La Yaya), que rigieron en los territorios en poder del Ejército Libertador. Y asumió forma plena en la Constitución de 1901, que adoptó la forma de gobierno republicana, refrendó la división de los poderes públicos y las libertades ciudadanas (habeas corpus, libertad de expresión, derechos de reunión, asociación y libertad de movimiento), sobre las que descansa el reconocimiento, el respeto y las garantías jurídicas de la participación social y la soberanía popular.
La Constitución de 1901 fue interrumpida con la reforma promovida por el gobierno de Gerardo Machado en 1928, la cual desató la ingobernabilidad y la violencia que condujo a la Revolución del 30. En septiembre de 1933, Ramón Grau San Martín, al asumir la presidencia provisional de la República, proyectó la celebración de una asamblea constituyente, pero fue destituido dos meses antes de su celebración. Carlos Mendieta, al asumir la presidencia en enero de 1934, convocó nuevamente dicha asamblea, pero las contradicciones entre las fuerzas políticas lo impidieron. Fue a fines de 1936, que el doctor y coronel, Federico Laredo Bru, al asumir la presidencia provisional, promulgó la Ley Electoral, mediante la cual se eligieron, de forma libre y directa, setenta y siete representantes de nueve partidos políticos, alineados en dos bloques: el gubernamental y el de la oposición. Grau, representante del bloque mayoritario, asumió la presidencia de la Convención que inauguró sus sesiones el 9 de febrero de 1940, hasta su renuncia y sustitución por el doctor Manuel Márquez Sterling.
En la Constituyente, explica Néstor Carbonell[2], se escenificó “el enfrentamiento de tres grandes tendencias ideológicas”. Una liberal que postulaba la abstención del Estado en la economía a favor de las fuerzas del mercado, y de la separación de los poderes públicos. En el otro extremo el Partido Comunista, que preconizaba la formación de frentes populares con otros partidos como paso previo a la toma del poder. Los delegados a la convención, en una muestra de civismo y madurez política encontraron los puntos de convergencia en los preceptos fundamentales.[3] Mientras el pueblo, ansioso de poner fin a las pugnas desencadenadas tras la reforma constitucional de 1928, siguió los debates por la radio, la prensa escrita, y congregado alrededor del Capitolio.
Estructurada en 19 títulos y 286 artículos, la Constitución de 1940 retomó las libertades y derechos reconocidos en la de 1901, declaró a Cuba “estado independiente y soberano organizado como república unitaria y democrática para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana”, [4] adoptó un régimen semiparlamentario, incorporó el derecho de las mujeres al voto, el derecho a desfilar y a formar organizaciones políticas contrarias al régimen, refrendó la autonomía universitaria, declaró punible todo acto de prohibición o limitación del ciudadano a participar en la vida política de la nación, reconoció la legitimidad de la resistencia para la protección de los derechos individuales; refrendó la existencia y legitimidad de la propiedad privada en su más amplio concepto de función social, estableció los salarios mínimos, la jornada semanal de ocho horas, el pago de 48 horas por 44 trabajadas, el descanso retribuido de un mes por cada 11 de trabajo, la protección a la maternidad obrera con pago de seis semanas antes y después del parto, el derecho de los trabajadores a la huelga y el de los patrones al paro; y dedicó trece artículos a los temas educacional y cultural, que fueron los más fuertemente debatidos.[5]
Como toda obra humana la Constitución de 1940 no podía ser perfecta, pero sus resultados, apenas transcurridos treinta y ocho años del nacimiento de la República, hablan por ella: crecimiento de una clase media emprendedora; recuperación de dos terceras partes de los centrales azucareros que estaban en manos extranjeras; creación de organismos de institucionalización económica como el Tribunal de Cuentas, el Banco Nacional, el Banco de Fomento Agrícola e Industrial, la Junta Nacional de Economía, la Oficina de Regulación de Precios y Abastecimientos;[6] y el fomento de la industrialización. Cuba se ubicó entre los tres países de la región con mayor estándar de vida.
El ocaso de la Constitución comenzó con el Golpe del 10 de marzo encabezado por Fulgencio Batista en 1952, que trastornó los cauces legales, pero ese no fue su fin. Néstor Carbonell precisa que: la Ley Constitucional de 4 de abril de 1952, dictada por Fulgencio Batista, trastornó la regulación de los derechos electorales, pero no afectó al sistema económico y social, ni a la conquistas de los trabajadores y empleados, ni al régimen de garantías individuales y políticas. La Ley Decreto 1133 de 30 de octubre de 1953 dispuso que la Constitución entrara nuevamente en vigor tan pronto el presidente electo en 1954 tomara posesión.[7]
Fue el 7 de febrero de 1959, sin consulta popular, que el Gobierno Revolucionario sustituyó definitivamente la Constitución de 1940 por los estatutos denominados Ley Fundamental del Estado Cubano, sin haber sido derogada por representantes directos del pueblo, “sino suspendida por la fuerza”,[8] lo cual demuestra que una constitución avanzada resulta insuficiente si no es acompañada por una sociedad capaz de hacerla cumplir. De ahí emana, en mi opinión, la mayor enseñanza y el valor de la Carta Magna de 1940. Un hecho a tener en cuenta cuando termine de agonizar el totalitarismo cubano, no para restablecerla, pues estamos en otra época y en otras condiciones, pero sí para beber de su espíritu.
[1] Néstor Carbonell Cortina. Grandes debates de la Constituyente cubana de 1940. Miami, Ediciones Universal, 2001, p. 79.
[2] Néstor Carbonell Cortina, abogado y escritor cubano.
[3] Néstor Carbonell Cortina. Grandes debates de la Constituyente cubana de 1940. Miami, Ediciones Universal, 2001, pp. 18-23.
[4] Convención Constituyente. Constitución de la República de Cuba 1940. Gaceta Oficial No. 464, de 6 de julio de 1940.
[5] Suárez Díaz, Ana. Coordinadora. “Retrospección crítica de la asamblea constituyente de 1940”. La Habana, Editorial de Ciencias Sociales, 2011, p. 9.
[6] Ibídem, p. 9.
[7] Néstor Carbonell Cortina. Grandes debates de la constituyente cubana de 1940. Miami, Florida. Ediciones Universal, 2001, pp. 59-60.
[8] Néstor Carbonell Cortina. Grandes debates de la constituyente cubana de 1940. Miami, Florida. Ediciones Universal, 2001, p. 34.
Dimas Cecilio Castellanos Martí (Jiguaní, 1943).
Reside en La Habana desde 1967.
Licenciado en Ciencias Políticas en la Universidad de La Habana (1975), Diplomado en Ciencias de la Información (1983-1985), Licenciado en Estudios Bíblicos y Teológicos (2006).
Trabajó como profesor de cursos regulares y de postgrados de filosofía marxista en la Facultad de Agronomía de la Universidad de La Habana (1976-1977) y como especialista en Información Científica en el Instituto Superior de Ciencias Agropecuarias de La Habana (1977-1992).
Primer premio del concurso convocado por Solidaridad de Trabajadores Cubanos, en el año 2003.
Es Miembro de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Cubanos con sede en la Florida.
Miembro del Consejo Académico del Centro de Estudios Convivencia.
