Jueves de Yoandy
La Constitución de la República de Cuba establece en el Capítulo II, de Derechos, en su Artículo 52, la libertad de movimiento, y así lo expresa:
“Las personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.”
Y si se cumpliera todo lo establecido por la Ley de leyes viviríamos en un país diferente. Pero es que esa propia ley suprema establece el blindaje para que muchos de los derechos, por no decir que todos ellos, se supediten a la autoridad superior de la sociedad y del Estado, es decir, el Partido Comunista de Cuba.
En el caso de la violación de algunas libertades fundamentales aparecen como protagonistas de la prohibición los órganos de la Seguridad del Estado, que impiden a ciudadanos comunes, cumplidores de la ley, amantes de la libertad, pensadores de un futuro próspero y pacífico para Cuba, reunirse, expresarse, moverse, en determinadas ocasiones y bajo diversos pretextos.
Lo comentado hasta ahora no es pura ficción o una descripción exagerada de hechos, o la narrativa de lo que le ha sucedido a otros. Quien escribe conoce, por experiencia propia, de qué se trata. Ese Artículo 52 establece lo que puede ser violado en una autopista en pleno tránsito, en una frontera migratoria para salir de viaje o sencillamente en una oficina de trámites donde puedes averiguar durante mucho tiempo por qué apareces con una prohibición de salida del país. En el mejor de los casos un buen día, sin haber cambiado nada en el comportamiento personal o en el estatus legal que no tenía ningún problema, ya se ha levantado la prohibición.
En el caso de la movilidad interna, transitar por el territorio nacional, como dice el artículo, puede ser impedido antes de efectuar el viaje o durante el mismo. Quien escribe puede narrar cómo en 2018 fue interceptado en plena autopista nacional, rumbo a Villa Clara, mientras viajaba hacia esa provincia para participar en una celebración ecuménica por Semana Santa y tener un encuentro juvenil con el boletín evangélico “Nota del Cielo”. Terminé siendo devuelto a La Habana en la primera rastra de mercancías que venía desde Oriente y accedió a montar a aquel joven (yo) extraño para el chófer y su acompañante. Siempre me pregunté qué le habrían dicho de mí a aquellos dos pobres hombres que no hablaron en todo el viaje. Me soltaron en La Habana, acatando el pedido de aquel agente de la Seguridad del Estado que les pidió me dejaran en su destino final, que para mí no era ese, porque yo procedía de Pinar del Río. Recuerdo era cerca de la medianoche y me dejaron por el Cotorro habanero.
En el caso de la salida del territorio nacional, muchos cubanos también pueden contar sus historias de todo tipo. Decenas de buenos estudiantes de medicina que teniendo índice académico y aptitudes para la neurocirugía, la pediatría, los cuidados intensivos y de emergencia, solicitan la especialidad de Medicina General Integral (MGI) para no estar “regulados” y poder salir del país en cualquier momento. Decenas de profesionales de otros sectores, que por trabajar con información confidencial, estadísticas, pertenecer a ministerios priorizados, tampoco pueden viajar libremente porque están “regulados”. Sí, “regulados”, un eufemismo cubano para disfrazar la violación del derecho que establece la propia Carta Magna, que luego se encuentra con el freno legal del Artículo 25 de la Ley de Migración, reestructurado en la nueva Ley No. 171 de Migración, desplazando las prohibiciones de salida del país hacia el Artículo 43, pero manteniendo la misma lista.
Durante casi tres décadas, el Artículo 25 fue la referencia legal exacta y más citada por abogados, activistas de la sociedad civil y ciudadanos cubanos para reclamar o justificar la condición de estar “regulado”. El supuesto más repetido: “Cuando las autoridades lo determinen por otras razones de interés público…” Aquí cabe todo y cualquier autoridad, aunque sea desconocida.
Quien escribe puede narrar cómo es el proceso en la frontera migratoria. Luego de facturar equipaje y obtener el pase a bordo, justo en el control migratorio, salta la alarma de “regulado” en la computadora. Un funcionario te “atiende” para anunciar que no puedes salir del país. Adquieres la categoría de “bajado de vuelo”. Si preguntas te dicen que no tienen explicación, que debes averiguar en tu oficina migratoria local y comienza la odisea para recoger el equipaje, que nunca estuvo extraviado, en el “Departamento de Perdidos y Encontrados”.
Quien escribe también puede narrar cómo de camino al aeropuerto el auto en que viajaba fue detenido por oficiales de la policía porque había un reporte de accidente de un automóvil de color y matrícula igual. Obviamente nunca hubo tal accidente con ese chofer ni con ese auto en el que viajaba. No obstante, solicité continuar viaje en otro vehículo mientras solucionaban lo que no había sucedido; pero el objetivo era ganar tiempo. Dijeron que no podía continuar el viaje y liberaron al chofer, a mi madre y a mi sobrina de cinco años que me acompañaban, y a mí que era el verdadero motivo, cuando ya había despegado el vuelo en el que debía salir a Estocolmo, alegando que lo del accidente había sido una lamentable confusión.
Hoy se celebrará, en la residencia del Jefe de Misión de la Embajada de los Estados Unidos en Cuba, la recepción oficial por el Día de la Independencia, justo el 250 aniversario de la libertad de aquel país. Allí son invitados diplomáticos, funcionarios gubernamentales aunque no asistan, obispos, sacerdotes, líderes religiosos, artistas de la plástica, de la música, del cine, del teatro, de la danza, intelectuales, activistas de la sociedad civil, empresarios, cuentapropistas y hasta “mipymeros”. Hace tres años he recibido la prohibición, por parte de la Seguridad del Estado, de asistir al evento “porque julio es un mes complicado”.
En la práctica, la violación de este derecho a la movilidad devela un profundo carácter arbitrario, transformando lo que normativamente se enuncia como una excepción en una herramienta de control político y profesional. Bajo el amparo de causales redactadas con deliberada ambigüedad jurídica, como son las mencionadas “razones de Defensa y Seguridad Nacional” o el “interés público”, es limitada la libertad de movimiento de los ciudadanos sin que medie un proceso judicial, ni una notificación formal o un mecanismo efectivo de impugnación legal. Esta vulneración no solo instrumentaliza el derecho a salir del propio país como un castigo o una restricción migratoria (la mencionada “regulación”) contra voces disidentes y activistas, sino que también somete a profesionales de sectores estratégicos, particularmente de la salud y la ciencia, a un estado de retención forzosa que supedita un derecho humano fundamental a los intereses coyunturales del Estado.
En cualquier caso, la paradoja no podría ser más evidente: mientras a unos pocos kilómetros se conmemoran dos siglos y medio de una libertad fundada sobre el derecho inalienable de toda persona a la búsqueda de la felicidad y el libre movimiento, aquí el calendario se detiene en la sospecha perpetua. “Julio es un mes complicado”, como si la geografía o las estaciones tuvieran la culpa de un sistema fallido que no respeta ni a las instituciones ni a la persona humana y su plena dignidad.
Al final, despojados del eufemismo técnico de “regulado” y de la danza de números entre el artículo 25 de la antigua y el 43 de la actual ley migratoria, lo que queda al descubierto es la indefensión del ciudadano común ante un poder que teme al tránsito, al encuentro y a la palabra. El testimonio de estas líneas no busca la queja estéril, sino dejar constancia de que, a pesar de los desvíos en la autopista, los vuelos cancelados a pie de pista y los cercos perimetrales disfrazados de coincidencias, la verdadera movilidad (aquella que nace de la conciencia, el pensamiento libre y el compromiso con el futuro de Cuba) no precisa de pasaportes, ni de la venia de un funcionario para seguir abriéndose camino.
- Yoandy Izquierdo Toledo (Pinar del Río, 1987).
- Licenciado en Microbiología.
- Máster en Bioética por la Universidad Católica de Valencia y el Centro de Bioética Juan Pablo II.
- Máster en Ciencias Sociales por la Universidad Francisco de Vitoria, Madrid, España.
- Doctor en Humanidades por la Universidad Francisco de Vitoria, Madrid, España.
- Miembro del Consejo de Redacción de la revista Convivencia.
- Responsable de Ediciones Convivencia.
- Reside en Pinar del Río.

