Por René Gómez Manzano
El buen amigo, destacado laico católico y eminente intelectual Dagoberto Valdés Hernández, director de la prestigiosa revista pinareña Convivencia, me ha pedido un trabajo acerca de la tesina redactada por el entonces joven estudiante universitario Ignacio Agramonte y Loynaz sobre las libertades individuales.
Por René Gómez Manzano
El buen amigo, destacado laico católico y eminente intelectual Dagoberto Valdés Hernández, director de la prestigiosa revista pinareña Convivencia, me ha pedido un trabajo acerca de la tesina redactada por el entonces joven estudiante universitario Ignacio Agramonte y Loynaz sobre las libertades individuales.
Esa invitación -para mí tan honrosa- constituye un compromiso ineludible. No solo por haber sido escogido el ilustre Bayardo camagüeyano como figura paradigmática por los juristas cubanos desde los tiempos de la república democrática. También por mi condición de fundador y presidente de la Corriente Agramontista, la más antigua y nutrida agrupación de abogados independientes de nuestro país, la cual, como su nombre lo indica, escogió a ese mismo patriota como símbolo inspirador.
Ante todo, resulta conveniente aclarar que el discurso pronunciado ante el Claustro de la Universidad de La Habana por quien después se convirtió en principal actor de la lucha anticolonialista en la región principeña, ha sido confundido en más de una ocasión con su tesis de grado. Esto es un error.
En la década de los años sesenta del siglo antepasado, lo que realizaban quienes finalizaban sus estudios de Derecho era un examen de grado de carácter verbal. El tema a desarrollar era escogido por el postulante de entre tres que determinaba la suerte. Ignacio Agramonte seleccionó el siguiente: “Estudio bajo el punto de vista del principio racional sobre el Derecho reformado por Justiniano, en comparación con el anterior a su época”. La exposición recibió nota de “sobresaliente”, pero nada ha quedado de lo planteado en esa oportunidad por el brillante joven camagüeyano. Era 8 de junio, data que, por esa razón, ha sido escogida como “Día del Abogado”.
Por el contrario, de la tesina que deseo analizar brevemente, se presume que fue expuesta un jueves o sábado, pues esos eran los días de la semana escogidos para tales ejercicios. Pero no contamos con la fecha exacta de ese trabajo que una antóloga publicara con un nombre que me parece muy acertado: “Sobre las libertades individuales”. (1)
Un eminente colega agramontista ya fallecido, el Doctor Antonio de Varona Batlle, en una serie de tres cartas en las que trató monográficamente el tema de la obra y el legado de Ignacio Agramonte (y que han sido publicadas en el Boletín de nuestra Corriente), señaló lo breve del ejercicio profesional del joven principeño.
En uno de esos trabajos, el colega de Varona señala los tres aspectos en los que más brilló, en el terreno jurídico, el camagüeyano ilustre: Uno fue su papel fundamental en la redacción de la Constitución de Guáimaro, primera carta magna cubana que tuvo vigencia en la Isla, al menos en los territorios controlados por las tropas patriotas. Otro, ya como caudillo militar, el “imponer en el territorio bajo su mando el respeto absoluto a la ley -a una ley establecida conforme a los patrones del Estado liberal del siglo XIX- y el culto a la santidad del hogar y a la vida privada de los allí residentes, conducta que muy pocos con mando militar después de él, aun en la actualidad, han sabido observar”. (2)
Pero el primero, en opinión del Doctor Varona Batlle, tuvo lugar durante la época universitaria, y fue precisamente el hecho de que él “se impuso en plena colonia por su alocución estudiantil en defensa de los derechos del Hombre”. Creo que esta opinión del colega agramontista ya fallecido refleja acertadamente la importancia del trascendente trabajo sobre el que se me ha pedido que escriba.
No pretendo glosar de manera detallada la tesina de Agramonte, en la que el entonces estudiante desarrolla su opinión sobre cuál es el régimen político óptimo: “La administración que permite el franco desarrollo de la acción individual a la sombra de una bien entendida concentración del poder”. Carecerían de sentido mis comentarios pormenorizados cuando Convivencia ha tenido la feliz iniciativa de publicar íntegramente ese trabajo. Sí me parece oportuno hacer algunos breves señalamientos generales y citar un par de pasajes especialmente felices.
Lo primero que llama mi atención cada vez que leo esa estimable obrita (quizás por resultar ello algo poco usual en los trabajos consagrados a los áridos temas del Derecho), es la profunda fe religiosa que ella trasluce. Repetidas son las invocaciones al Todopoderoso allí contenidas.
El autor comienza su exposición por el tema de la tripartición de los poderes del Estado. Como no invoca de manera expresa a Locke ni a Montesquieu, y habida cuenta de su acendrada fe cristiana, resulta oportuno que nos preguntemos: ¿Se habrá inspirado, en este punto, en las Sagradas Escrituras? Tengamos presente el versículo del Viejo Testamento: Porque el Señor es nuestro juez, el Señor es nuestro legislador, el Señor es nuestro rey, Él nos salvará (Isaías 33, 22).
Agramonte define los derechos como inalienables, imprescriptibles e irrenunciables. Señala “tres leyes del espíritu humano… en la conciencia: la de pensar, la de hablar y la de obrar”.
Plantea que “el individuo mismo es el guardián y soberano de sus intereses”, y que “la sociedad no debe mezclarse en la conducta humana, mientras no dañe a los demás miembros de ella”. Insiste en que “el gobierno debe respetar los derechos del individuo, permitiendo su franco desarrollo y expedito ejercicio”. En una cita oportuna y plenamente vigente, recuerda que “la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos”.
Conservan particular vigencia las críticas de Agramonte a la centralización, que define como “la acumulación de las atribuciones del Poder Ejecutivo de un gobierno central”. Ellas no solo eran actuales en el momento en que las pronunció, cuando Cuba gemía bajo el absorbente régimen colonial español, sino que conservan su actualidad ahora mismo. El patriota alerta que “la administración, requiriendo un número casi fabuloso de empleados, arranca una multitud de brazos a las artes y a la industria”.
¿Y qué podemos comentar del luminoso párrafo en que avizora las calamidades desatadas por los regímenes que llevan el centralismo hasta sus últimas consecuencias? Solo es necesario citarlo:
“La centralización hace desaparecer ese individualismo, cuya conservación hemos sostenido como necesaria a la sociedad. De allí al comunismo no hay más que un paso; se comienza por declarar impotente al individuo y se concluye por justificar la intervención de la sociedad en su acción destruyendo su libertad, sujetando a reglamento sus deseos, sus pensamientos, sus más íntimas afecciones, sus necesidades, sus acciones todas”.
No es casualidad que Agramonte no haya sido uno de los próceres predilectos del actual gobierno cubano. Cuando le han rendido homenaje ha sido porque prácticamente no ha quedado otro remedio. Todos los cubanos debemos sentirnos agradecidos de manera particular a nuestros compatriotas de Camagüey y de las provincias aledañas por haber mantenido a ultranza, por encima de cualquier desagrado proveniente del oficialismo, el culto a este héroe clarividente y ejemplar.
Bibliografía
- 1.Cuba: fundamentos de la democracia. Antología del pensamiento liberal cubano desde fines del siglo XVIII hasta fines del siglo XX. Compilación y estudio introductorio de Beatriz Bernal (con prólogo de Carlos A. Montaner). Fundación Liberal José Martí, Madrid, 1994.
- 2.“En memoria de Agramonte”, Boletín Nº 1, Corriente Agramontista, La Habana, Febrero de 2002, p 6.
- 3.Ib., p 4.
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René Gómez Manzano. (La Habana, 1943).
Abogado y periodista independiente
Presidente de la Corriente Agramontista