ARTÍCULO 5, EL PLURIPARTIDISMO Y LA DEMOCRACIA

Lunes de Dagoberto

Cumpliendo el derecho y el deber cívico de participar en los debates sobre la reforma del texto constitucional, deseo dar mi opinión sobre el artículo 5 del Proyecto que se nos propone y que dice así:

“ARTÍCULO 5. El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado.

Organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia la construcción del socialismo. Trabaja por preservar y fortalecer la unidad patriótica de los cubanos y por desarrollar valores éticos, morales y cívicos.”

Este artículo, junto con el número 3 que convierte a una ideología como irrevocable, constituyen los dos pilares del blindaje de un poder hegemónico y excluyente.

Por su parte, el artículo 1 del proyecto de Carta Magna, ya comentado en estas columnas, define a Cuba como “un Estado democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos” y como una “república… () que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política…”

Existe una contradicción conceptual entre estos dos artículos:

Si Cuba es “un Estado democrático”, entonces las diferentes tendencias políticas deben ser reconocidas por la Constitución y ese reconocimiento no debe reducirse a la libertad de conciencia y opinión, sino a la libertad de organizarse como partido político para participar y competir en igualdad de condiciones con los demás, incluido el Partido Comunista. El pluripartidismo es una expresión genuina y estructural de la equidad en la participación democrática. Es también expresión organizada del pluralismo inherente a toda sociedad sin exclusión. No ha existido, ni existirá una sociedad en el mundo que no sea pluralista, es decir, diversa. Después de décadas y siglos de discriminación injusta Cuba ha reconocido la diversidad racial, religiosa y de preferencias sexuales, es inconcebible e incoherente que no se reconozca la diversidad política e ideológica, y la personalidad jurídica y social que le corresponde por derecho natural.

Si Cuba es un Estado “organizado con todos y para el bien de todos”, a este principio fundacional martiano le resulta totalmente contradictorio que una parte, en este caso el Partido Comunista, esté por encima de todos, y se erija en “la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado.” La parte no puede estar por encima del todo y si lo está es una fuerza hegemónica y excluyente. El Partido único se eleva a sí mismo como el soberano. A contrapelo del artículo 10 que dice: “En la República de Cuba la soberanía reside intrans­feriblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado.” Si hay una fuerza superior que los dirige, entonces su soberanía ha sido usurpada por un grupo reducido de la sociedad.

Por tanto, es también contradictorio con el espíritu, la vocación y la visión martianas de la república, expresadas de muchas maneras por el Apóstol de nuestra independencia, como la muy conocida y citada aquí y otras muchas referencias. Solo citaré tres de ellas:

“Los actos políticos de las repúblicas reales son el resultado compuesto de elementos del carácter nacional, de las necesidades económicas, de las necesidades de los partidos, de las necesidades de los políticos directores.” (Conferencia Monetaria de las Repúblicas de América. La Revista Ilustrada. New York. 1891, mayo. Tomo 6. p. 158).

“Ni reconoce, ni reconocerá, el Partido Revolucionario bandos, ni castas, ni exclusiones entre los cubanos que habitan en Cuba.” (Los emigrados, las expediciones y la revolución. Patria. New York. 1893, abril 1. Tomo 2. p. 274).

“La república, en Puerto Rico como en Cuba, no será el predominio injusto de una clase de cubanos sobre los demás, sino el equilibrio abierto y sincero de todas las fuerzas reales del país, y del pensamiento y deseo libre de los cubanos todos. No queremos rendirnos de una tiranía para entrar en otra.” (¡Vengo a darte patria! Patria. New York. 1893, marzo 14. Tomo 2. p. 255).

Aceptar que las ideologías de Martí, Marx y Engels, Lenin y Fidel son una misma o pueden conciliarse sin contradicciones fundamentales entre cada una de ellas es ignorar la formación histórica de los cubanos. Puede haber coincidencia entre algunas de ellas, y eso es válido, porque el derecho a seguir y practicar una ideología, cuyo origen sea nacional o foráneo, es un derecho ciudadano, pero mixtificar ideologías esencialmente diferentes, como la martiana y la leninista, es consagrar en una Carta Magna un error histórico y conceptual. Los más competentes historiadores cubanos de todos los tiempos reconocen que la identidad nacional cubana nace y se fundamenta en dos esencias raigales: Varela y Martí. Incluso, pensadores que han optado por el marxismo lo reconocen explícitamente. Este proyecto vareliano y martiano es suficiente para fundamentar nuestra República. Debemos salvaguardar el debido respeto a las diversas opciones e incluso a las síntesis ideo-estéticas, políticas, culturales, pero esto no significa omitir o manipular sus contenidos primigenios. Las síntesis no pueden obviar las esencias, que deben ser reconocidas y respetadas por todos.

Por otra parte, la letra de la Ley de leyes propuesta se contradice no solo con el proyecto martiano, sino con la realidad. El Partido Comunista -dice el texto propuesto- es “único”, pero la realidad que cualquiera puede comprobar es que existen otros grupos, partidos, movimientos de la sociedad civil que piensan diferentes y no se ven representados en este partido único. La representación en las democracias no es impuesta por un artículo de la ley, sino ejercida por la soberanía ciudadana y elegida en elecciones libres, plurales y transparentes. Los males y corrupciones que opacaron la democracia representativa deben servir como experiencia para que no se repitan, pero no para abolir el pluripartidismo. Sería como si los errores de algunos médicos fueran razón válida para abolir la medicina.

Otro pensamiento martiano reafirma este principio:

“De los derechos y opiniones de sus hijos todos está hecho un pueblo, y no de los derechos y opiniones de una clase sola de sus hijos.” (Los pobres de la tierra. Patria. New York. 1894, octubre 24. Tomo 3. p. 304).

Otro argumento es que el pluripartidismo existe de hecho en Cuba, aunque este artículo lo proscribe de derecho. Y un Estado existe para garantizar el marco jurídico de todos los derechos para todos en plena democracia. No existe “una democracia de partido único”. Esa es una entelequia absurda. Por otro lado, el número de los miembros de los partidos o movimientos diversos en Cuba no debe ser un requisito para proscribirlos. Las leyes electorales en la inmensa mayoría de los países fijan un número mínimo de miembros, y en base a ese número son de representación territorial o nacional, pero este artículo los excluye a todos sin tener en cuenta la cantidad de miembros. Por su parte, el Partido Comunista no llega al millón de miembros en una nación que tiene 11 millones en la Isla y cerca de dos en la Diáspora. Es decir, que apenas el 8% de la población se erige en la fuerza dirigente de toda la sociedad y de todo el Estado.

Opino que el Artículo 5 no debe estar en la nueva Constitución, que debería reconocer la diversidad política e ideológica de todos los cubanos, y el derecho inalienable de organizarse para su participación política pluralista.

Hasta el lunes próximo, si Dios quiere.

 


Dagoberto Valdés Hernández (Pinar del Río, 1955).

Ingeniero agrónomo. Premios “Jan Karski al Valor y la Compasión” 2004, “Tolerancia Plus” 2007, A la Perseverancia “Nuestra Voz” 2011 y Premio Patmos 2017.
Dirigió el Centro Cívico y la revista Vitral desde su fundación en 1993 hasta 2007.
Fue miembro del Pontificio Consejo “Justicia y Paz” desde 1999 hasta 2006.
Trabajó como yagüero (recolección de hojas de palma real) durante 10 años.
Es miembro fundador del Consejo de Redacción de Convivencia y su Director.
Reside en Pinar del Río.

 

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