TRANSICIÓN DE LA LEY A LA LEY

Foto tomada de Internet.

De los posibles escenarios para el cambio político en Cuba, la transición política de la ley a la ley sería uno de los que menor costo social implicaríapara el país, con independencia de los elementos desencadenantes del mismo.

Las manifestaciones cívicas del pasado julio evidenciaron un contundente rechazo a la ausencia de derechos y libertades en la Cuba actual; un claro golpe a la pretendida legitimidad y representatividad del sistema imperante, del cual acusó recibo el propio gobierno con su respuesta represiva, marcada por la violencia, las detenciones arbitrarias, los juicios sin garantías y las altas condenas, teniendo como antesala el discurso de odio promovido desde la más alta instancia del poder. Siendo miles de jóvenes, “los hijos de la revolución”, los protagonistas de este aldabonazo y a su vez las víctimas de la respuesta oficial. Hoy cientos de ellos aguardan en la cárcel juicios ante tribunales que no son imparciales y con peticiones fiscales que superan en no pocos casos los veinte años de prisión.

A pesar del rechazo popular y de las mencionadas crisisdelegitimidadyrepresentatividaddelrégimen, no estuvo en julio al alcance -de hecho, no fue un movimiento organizado- de aquellos miles de cubanos ni pareciera estarlo en lo inmediato para otros grupos, la posibilidad de provocar el fin del régimen forzando la formación de un gobierno democrático y la apertura inmediata de un proceso constituyente o la instauración del texto del 1940.

La debilidad de la oposición organizada -producto principalmente de la represión-, la ausencia de un claro encauzamiento político de la crisis general del régimen, y la falta de contundencia de las condenas y del acompañamiento de actores democráticos de la comunidad internacional, son algunos de los elementos que hoy juegan en contra de que se inicie un proceso de transición democrática.

Estas ausencias o debilidades de determinados sujetos y variables pueden significar “ventajas” para el régimen, pero nada de ello le permite solucionar sus propias crisis -que están en la base del desencanto de millones de cubanos-, ni harían evitable la lucha por el poder entre la élite, algo que se agravará con la desaparición de la llamada generación histórica.

La mayoría de los elementos del complejo escenario actual apuntan a que el cambio político no será por el hundimiento total del aparato estatal actual, sino mediante una potencial evolución rupturista con su pasado. Sin dudas, un contexto donde la salida democrática de la ley a la ley debería ganar fuerza como la opción consensuada que menor costo social tendría, especialmente para el pueblo, entre otras razones, porque este proceso debería excluir la violencia.

Igualmente sería la vía con menor riesgo para la seguridad nacional, ya que un hipotético escenario de crisis institucional podría ser aprovechado por elementos del crimen organizado externo e interno. También enviaría un mensaje importante a las instituciones internacionales y a los inversores extranjeros en clave de seguridad jurídica.

Un elemento clave que vale la pena actualizar en los debates actuales es el asunto de la gradualidad. Desde hace décadas, no pocos hemos apostado por la gradualidad de los cambios; sin embargo, este es un asunto cuyo contenido tocaría ser revisado en las circunstancias actuales, pues en la medida en que pasan más años sin que se inicie la transición, una mayor acumulación de costo social es pagado por personas concretas. Si bien la gradualidad no es lentitud ni procrastinación, la celeridad no es signo de desorden y caos. El cambio, guiado por la ley, debe ser, claramente, hacia un orden democrático, rápido e irreversible.

La ley justa, válida y eficaz

El primer presupuesto claro de un cambio bajo el imperio de la ley es inevitablemente que la ley sea justa. El jurista e intelectual italiano Nomberto Bobbio señaló que “el problema de la justicia es el problema de la más o menos correspondencia entre la norma y los valores superiores o finales que inspiran un determinado orden jurídico” (Bobbio, 2002). Por su parte, y varios siglos antes, tomando de base a otro santo, Santo Tomás de Aquino dijo: “Como dice San Agustín, ‘la ley que no es justa no parece que sea ley’… Por consiguiente, toda ley humana tendrá carácter de ley en la medida en que se derive de la ley de la naturaleza; y si se aparta en un punto de la ley natural ya no será ley, sino corrupción de la ley” (Santo Tomás de Aquino).

La tesis de ambos santos, la cual no está en contradicción con el carácter normativo del orden jurídico, da por hecho la existencia de determinados principios y valores universalmente aceptados que hoy deben tomar forma en el derecho. Las normas jurídicas, sea cual sea su ámbito, deben apuntar e impregnarse de esos valores. La nueva legalidad, desde el primer minuto o acto, debe tener como base una escala de valores donde la vida, la dignidad humana, las libertades, la justicia social, la solidaridad, la propiedad privada, la convivencia cívica y la cohesión social entre los cubanos sean parte primordial.

Hay que advertir que no es raro que, en determinadas circunstancias de la vida social o política, existan dos valores “aparentemente” enfrentados. En la actualidad política cubana hay varios ejemplos; uno de ellos es cuando se entiende que por un lado está el deber de privar al Estado de recursos económicos que en parte dedica a la represión, y, por otro, el valor de la solidaridad económica con las familias en la isla. Este asunto, que hoy queda obviamente en el ámbito de la libertad personal de cada quien, ejemplifica los aparentes dilemas que tendrán que resolver la ley y los encargados de aplicarla y hacerla cumplir. Flaco favor hará al sentido de la justicia si los debates sobre problemas álgidos como estos se hacen desde la pasión y no desde la sabiduría. Aunque la justicia, incluso entendida como el respecto a una escala de valores humanos, y no como aplicación taxativa de la norma, puede bastarse por sí sola, pareciera que también harán falta elementos como la mesura, la sabiduría y el sentido de Estado para resolver determinadas cuestiones.

El derecho con carácter general además de justo debe ser válido y eficaz, elementos que deben cumplirse en una propuesta como esta. La validez del derecho depende en gran medida de que este haya sido producido por un órgano competente, mediante el procedimiento adecuado y que no entre en contradicción con normas de mayor rango. El respeto a las instituciones y a los procedimientos, no figuran hoy en la cultura jurídica y política cubanas, marcada por estilos negativos de ejercer el poder y por la política de hechos consumados. Esta visión del ejercicio del poder alejada del civismo debe ser socialmente censurada.

Hay otra arista del tema que se torna candente en nuestro ámbito, pues el debate sobre la competencia de los órganos, que es mayormente técnico, está muy ligado al de la legitimidad de estos.

No debemos descartar que en algún momento de la transición tengan que convivir órganos y decisiones de la etapa que muere con aquellos de la que nace. En ese caso, habrá que estar atentos a cuál es el alcance que algunos actores políticos querrán darle al tema de la legitimidad de las instituciones del régimen y sus decisiones, y otros, a las que puedan surgir. Este es un asunto que no solamente afectará al derecho interno, sino también a la red de tratados y otros compromisos internacionales de diverso contenido suscritos por el régimen cubano, que van desde lo económico hasta asuntos fronterizos.

Entre los peligros que se pueden correr en temas como estos está el hecho de que se abandone cualquier noción de pragmatismo. De tal manera que se conduzca a una crisis o vacío institucional, a la ausencia de seguridad jurídica o de hilo legal conductor, o, lo más grave, a caer en tentación de considerar al proceso de transición en abstracto, como fuente de derecho en sí mismo, con carácter similar al que académicos comunistas atribuyeron a la revolución como fuente de derecho y que en realidad fue una forma de justificar su política de hechos consumados, en sintonía con lo que el propio marxismo leninismo considera como derecho: “la voluntad de la clase dominante erigida en forma de ley”.

El otro elemento del derecho es la eficacia. Esta ocurre cuando las personas, naturales o jurídicas, ajustan sus conductas al modelo establecido por la ley. Una ley que no es cumplida por sus destinatarios no es una ley eficaz. Este cumplimiento estará muy ligado al carácter imperativo y coactivo propios de la ley, pero dependerá también de los propios contenidos de las normas, es decir, si estas responden al sentido de justicia que hemos mencionado.

Por ello la transición de la ley a la ley requiere del convencimiento de la sociedad, de todos los cubanos, vivan donde vivan, y, en representación de ellos, el de los actores políticos y sociales. Son los ciudadanos y sus representantes los protagonistas de la transición, con grandes esfuerzos y sacrificando seguramente algunos postulados maximalistas.

Con independencia de la filiación político- ideológica de cada uno, ya sea conservadora, democristiana, liberal, comunista o socialdemócrata, a todos los cubanos nos toca asumir, dentro de los postulados particulares, que es preciso ceder, pactar, acordar, respetar al contrario, propiciando así que los ciudadanos opten posteriormente por una u otra

opción política; opción cuya garantía y límites asegure la nueva ley que nos dotemos todos.

Observando otros procesos de transición de similar naturaleza, y siempre respetando las diferencias de cada contexto, podrían resultar interesantes a efectos prácticos algunos elementos defendidos por el conocido Grupo Tácito, formado por intelectuales y políticos provenientes del régimen franquista y de la oposición democrática, que defendió un cambio de la ley a la ley en España (Linares, 2013). Estos serían:

  1. La incorporación al ordenamiento jurídico de los derechos y libertades contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, con el establecimiento de las garantías necesarias.
  2. La soberanía reside en el pueblo y debe gobernar quien lo represente legítimamente, por lo que las cámaras legislativas deben estar sometidas a control democrático de la sociedad mediante voto igual, directo y secreto de los electores.
  3. Independencia del poder judicial, libertad sindical y representatividad electiva en todos sus niveles.

Dichos elementos deberían garantizar el “efectivo respeto de los derechos fundamentales” y “la igualdad de oportunidades entre todos” los ciudadanos ante los cambios sociales.

En sintonía con semejantes presupuestos, el Centro de Estudios Convivencia Cuba (CEC) ha trabajado desde la perspectiva de un cambio de la ley a la ley, tema al cual dedicó su Segundo Informe, presentado en 2016 (CEC, 2016). Como producto de varias jornadas de reflexión y debate pluralista, se identificaron 45 leyes que facilitarían un tránsito democrático en la isla. Para fines metodológicos se agruparon en: 12 Leyes Orgánicas y estructurales, 14 Leyes Económicas, 9 Leyes para el Desarrollo de la Sociedad Civil y 10 Leyes para el Desarrollo Humano Integral (DHI). Este paquete legislativo estaría en sintonía con una nueva constitución “emanada de una Convención Constituyente que tenga en cuenta lo mejor, y lo aplicable hoy, de nuestra rica historia constitucional, especialmente la de 1940, y los nuevos aportes del Derecho Constitucional Internacional”.

Propuestas como las de CEC, junto con otras como la presentada recientemente por Monitor Legislativo Cubano (La iniciativa Monitor Legislativo Cubano presenta su Dossier Legislativo tras más de un año de trabajo. Disponible en: https://diariodecuba.com/ derechos-humanos/1636630024_35468.html), deben ser enriquecidas todavía más por la pluralidad que deberá caracterizar la conformación de los órganos de la transición democrática, así como por la escucha atenta a la sociedad civil. La democracia maximizará su legitimidad cuanto más reconozca, respete e incorpore los intereses del mayor número de sectores sociales existentes.

Oportunidad perdida

El régimen se encuentra en estos momentos ejecutando una importante agenda legislativa que abarca un número considerable de leyes y que pudo haber sido una oportunidad para avanzar en un orden más justo. Lamentablemente, algunas de ellas, como la ley electoral, se hacen ineficaces en los términos que hemos mencionado, porque siguen cargando el lastre de los intereses exclusivos de un grupo político y, por tanto, restringen su utilidad social.

Estas leyes son las que están llamadas a desarrollar algunos derechos fundamentales contemplados en la Constitución socialista, sin embargo, no lo hacen; optando la Asamblea Nacional del Poder Popular, por garantizar el poder absoluto del partido único que los derechos de los ciudadanos.

Para agravar la situación de pérdida de confianza en la legalidad, se ha profundizado el ejercicio del poder “a pesar del derecho”. El Estado, administrando la represión, ni siquiera se atiene a la poco garantista legalidad actual, hecho que asumió explícitamente, por ejemplo, en su respuesta a la solicitud de permiso para la marcha del 15 de noviembre.

Este es un asunto sobre el cual el académico Armando Chaguaceda ha profundizado en varios trabajos, dejando al desnudo el desconocimiento de su propia ley por parte del régimen, así como la poca sintonía de sus actuaciones con las esperanzas de la ciudadanía:

“Los órganos policíacos exhiben por estas jornadas un protagonismo reforzado que desmiente, incluso, las promesas de habeas corpus anotadas en la nueva Constitución. La participación ciudadana, la justicia social y la soberanía popular constituyen, bajo ese orden autocrático, bellas abstracciones carentes de sentido para cualquier lector atento a los acontecimientos. Las sucesivas apuestas de reforma —durante los años 90, en el interinato raulista, en la sucesión a la presidencia actual— han sido frustradas por la élite dominante. Contrariando las esperanzas de sus leales y, con ellos, de la población toda” (Chaguaceda, 2020).

Desatar amarras

A pesar de los claros aldabonazos, quienes controlan el poder en Cuba hasta ahora no parecen decantarse por un entendimiento con los reclamos de una parte importante de la población, incluso aunque estas exigencias están amparadas por la propia ley socialista.

En sintonía con un amplio movimiento de acompañamiento y activismo cívicos desde el laicado

católico, los obispos cubanos en su mensaje del 11 de noviembre de 2021 hacen un claro llamado a “que las diversas propuestas sobre el destino presente y futuro de nuestro país encuentren un ámbito de cordura, tolerancia y concordia, y se establezca un diálogo armónico y civilizado en el cual se puedan encontrar las mejores soluciones a los problemas que nos atañen”.

Aún en medio de su crisis de legitimidad y del fracaso del sistema socialista en todos los órdenes, Cuba no es un Estado fallido y el gobierno controla la mayoría de los resortes del poder. Todos estos factores confluyen en una situación ideal para comenzar la transición pactada con los cubanos que piensan diferente a los actuales gobernantes. Para que Cuba no siga siendo un Estado que le falla a los cubanos.

Cuba cuenta todavía hoy con el capital humano capacitado y necesario dentro y fuera que pueda emprender un proceso de transición segura que parta de la Ley a ley con acierto para el bien inclusivo de la nación. Provocar o apostar al colapso del Estado, sea desde el propio gobierno u otros sectores, sería un error político, que pierde de vista el sufrimiento que causaría en los ciudadanos, especialmente en los sectores más vulnerables; y sin la garantía de que pudiéramos avanzar al futuro con una Cuba mejor.

Bibliografía

  1. Aquino, Tomás de. Summa Theologica. http://www. documentacatholicaomnia.eu/03d/1225-1274,_ Thomas_Aquinas,_Summa_Theologiae,_ES.pdf
  2. Bobbio, Norberto. (2002). Teoría general del derecho. Temis. p. 20-38. http://repositorio.uasb.edu.bo:8080/ bitstream/54000/1334/1/Bobbio-Teor%c3%ada%20 derecho%202da%20ed.pdf
  3. Centro de Estudios Convivencia (CEC). (2016). “Tránsito constitucional y marco jurídico en cuba: de la ley a la ley”. Disponible en: https://centroconvivencia.org/wp- content/uploads/2018/10/II-INFORME-DE-ESTUDIOS- DEL-CEC-MARCO-JUR%C3%8DDICO-arreglado-2- octubre-2018.pdf
  4. Chaguaceda, Armando. (2020). La corte del despotismo. Revista El Toque. Disponible en: https://eltoque.com/la- corte-del-despotismo-y-los-actos-de-repudio-cuba
  5. Linares Seirul-lo, Ángel Luis. (2013). El grupo Tácito en la transición a la democracia. APORTES, No. 83, año XXVIII (3/2013), p. 80. Disponible en: https://revistaaportes. com/index.php/aportes/article/viewFile/57/45

 


Yaxys Cires Dib (Pinar del Río, 1979).
Director de Estrategia Política del Observatorio Cubano de Derechos Humanos y Coordinador general de la Plataforma Cuba Humanista. Es miembro del Partido Demócrata Cristiano de Cuba.
Es licenciado en Derecho con maestrías en Derecho Mercantil, Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, y Acción Política. Tiene un postgrado en Inteligencia por el Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado (España) y curso sobre Estado de Derecho, Fuerzas Armadas y Políticas de Defensa por el Centro de Estudios Hemisféricos de Defensa William J. Perry.
En Cuba fue miembro del Centro de Formación Cívica y Religiosa y de la Comisión Católica para la Cultura en Pinar del Río. Fue Vicepresidente de la Organización Demócrata Cristiana de América entre 2013-2016. Fue asistente entre el 2003-2005 de Ricardo Arias Calderón, ex vicepresidente y líder de la transición de Panamá.
En 2003 fue expulsado de la Universidad de Pinar del Río por su vinculación con iniciativas de la Iglesia Católica.

Scroll al inicio