La libertad

Foto tomada de Internet.
  • Libertad, un reclamo que escuchamos con frecuencia: ¡Libertad!
  • Libertad, uno de los tres principios enarbolados por la Revolución Francesa de 1879.
  • Pero ¿Qué es la libertad? ¿El derecho de cada uno de hacer lo que entienda más conveniente? No, eso es anarquía.
  • La Real Academia Española define Libertad como:

“Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos” (https://dle.rae.es/libertad).

Pero este concepto es un poco vago y abstracto, el Diccionario panhispánico del español jurídico la define de forma más clara:

Facultad y derecho individual para hacer todo aquello que las leyes no prohíben y que no perjudique a los demás.

Es un valor común a la UE y todos sus Estados miembros. TUE, art. 2. «La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás. Por ello el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre tan solo tiene como límites los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites solo pueden ser determinados por la ley» (Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, art. 4) (https://dpej.rae.es/lema/libertad).

La Unión Europea une en esta definición lo expresado en los artículos 4 y 5 de la “Declaración de los derechos del hombre y el ciudadano” de 1789, elaborada por la Asamblea Nacional de Francia y madre de todas las declaraciones que vendrían después.

Estos artículos dicen que:

“Artículo 4. La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás. Por ello, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre tan sólo tiene como límites los que garantizan a los demás Miembros de la Sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites tan sólo pueden ser determinados por la Ley.

Artículo 5. La Ley sólo tiene derecho a prohibir los actos perjudiciales para la Sociedad. Nada que no esté prohibido por la Ley puede ser impedido, y nadie puede ser obligado a hacer algo que ésta no ordene” (https://www.cndh.org.mx/index.php/noticia/se-aprueba-la-declaracion-de-los-derechos-del-hombre-y-del-ciudadano#).

Conclusión, la libertad no es hacer lo que cada uno quiera, es hacer lo que cada uno considere, pero solo dentro de los límites que marca la ley.

El artículo 6 de la Declaración es bien claro al manifestar que la ley es igual para todos, no puede ser sesgada, es decir, si se prohíbe realizar alguna acción, esa prohibición es para TODOS, no para grupos o personas específicas. No puede prohibirse una acción a unos y permitirla a otros. Va contra la libertad.

Si un grupo tiene derecho a manifestarse, todos los grupos tienen el mismo derecho, si unos tienen derecho a publicar lo que piensan, todos tienen el mismo derecho.

Si no hay igualdad ante la ley, no hay libertad.

La libertad, bien entendida, nos da el derecho a decidir nuestra conducta en sociedad dentro de los límites que marca la ley y la ley tiene que ser igual para todos y justa en el sentido de prohibir solamente aquello que perjudique a la sociedad.

La libertad tiene premisas sin las cuales no puede ejercerse. La primera, a mi entender, es que la ley sea justa, igual para todos, no restringir derechos para grupos y concederlos a otros; además, debe ser conocida y aprobada por la mayoría de la población. La segunda, que existan opciones de conducta, el pueblo francés, situado entre la monarquía que lo mataba lentamente y la revolución que le daba la oportunidad de luchar (y la posibilidad de morir) por un mundo mejor, no tenía muchas opciones. Se necesitan varias opciones para escoger, de lo contrario no existe libertad. La tercera, el conocimiento (Información). Cuando Martí decía “Ser cultos para ser libres” no se refería a conocer de pintura, arte, geografía, etc.; se refería al conocimiento de las posibles opciones a escoger, y a las consecuencias positivas o negativas de cada opción. La cuarta, estar libre de coacciones al hacer la elección. Si una persona, al tomar una decisión se enfrenta a represalias personales o familiares si no toma la decisión que otros quieren que tome, o teme posibles represalias, o actúa movido por beneficios que puede alcanzar al tomar una u otra decisión, no actúa libremente.

Leyes justas e iguales para todos; opciones para decidir; información respecto a las opciones y no existencia de coacción externa, ni negativa (Represión), ni positiva (Premio) Esas son, en esencia, cuatro premisas indispensables para la libertad. Como dijera el ilustre irlandés George Bernard Shaw:

“La libertad supone responsabilidad. Por eso la mayor parte de los hombres la temen tanto”.

Y la responsabilidad de la libertad incluye, entre otras premisas, el saber renunciar a una parte de la libertad de algunos para garantizar la libertad de todos. Como Martí expuso en carta a Don Tomás Estrada Palma, escrita en Montecristi el 16 de marzo de 1895:

“…Yo creo que, al fin, podré poner el pie en Cuba, como un verdadero preso. Y de ella, se me echará, sin darme ocasión a componer una forma viable de gobierno ni a ajustar, como hubiera sido mi oficio, las diferencias ya visibles entre los que no entienden que para defender la libertad se debe comenzar abdicando de ella, -y los que a la misma libertad entregan, y vuelven la espalda, si no les viene en beneficio propio” (Obras Completas, Edición digital, volumen IV, página 86).

Interesante, ya Martí preveía que en la dirección triunfante de la revolución habrían fuerzas que solo aceptarían la libertad que les beneficiase y no aquella en la que, para poder disfrutar de libertad plena, sería necesario que se renunciase a lo que pudiera limitar la libertad de los demás y, proféticamente, anunciaba que lo apartarían y, hasta expulsarían de Cuba, por aquellos que querrían disfrutar de la revolución creando libertades para un grupo vencedor y limitando las libertades de los demás.

Triste cosa es que los que se proclaman defensores de la libertad y del pueblo, limiten la libertad de ese mismo pueblo al que dicen defender, cercenen sus derechos y, en nombre de la libertad de algunos, mutilen la libertad de los demás. Lo previó Martí.

La libertad está limitada por la ley y esta ley debe ser justa e igual para todos. Sin el derecho a expresar públicamente lo que pensamos, sin el derecho a publicar lo que sentimos, sin el derecho a elegir entre varias opciones, no hay libertad exterior. Pero existe otra libertad, la interior, la que nos permite pensar y sentir libremente y esa libertad no puede ser reprimida.

El hombre que mantiene su libertad interior puede ser destruido, pero jamás derrotado, como escribió Ernest Hemingway en “Por quién doblan las campanas”. Podemos ser esclavos en cuerpo, pero lo triste es serlo también en alma.

Volvamos a Martí, que en la lectura realizada en una reunión de cubanos emigrados en Steck Hall, en Nueva York, el 24 de enero de 1880, expresó:

“…La libertad cuesta muy cara, y es necesario, o resignarse a vivir sin ella, o decidirse a comprarla por su precio…” (Obras completas, edición digital. Volumen IV, página 193).

¿Estamos dispuestos a pagar el precio que cuesta la libertad?

¿Estamos dispuestos a no resignarnos con la libertad interior y exigir el disfrute pleno e igual de todas nuestras libertades?

 

 

 

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