No todas las viviendas son un hogar. En el hogar existe un elemento emocional, es un lugar donde todos los miembros se sienten protegidos. En un hogar los miembros asumen diferentes tareas, pero todos contribuyen a un crecimiento que beneficia a todos, y para ello sirven, respetan, y se esfuerzan.
Para los que no somos politólogos, o juristas constitucionalistas, tal vez sea útil pensar que un hogar es a una vivienda, lo que una república es a un país. En una república las partes son más complejas porque están formadas por grupos de individuos, pero cada institución tiene un papel y una función propia, y se entrelazan entre sí para lograr el funcionamiento de la república.
<span;>El papel de cada parte, sus deberes y sus derechos, la relación entre ellos y todo lo necesario para el funcionamiento de la nación, están recogidas casi siempre, en una Constitución.
La Constitución de los Estados Unidos es el documento más antiguo, constitutivo de un país federal. Esa Constitución fue escrita en 1787, ratificada en 1788 y comenzó a estar en vigencia en 1789.
La guerra de independencia de las trece colonias terminó con el tratado de París, en 1783, y ahí estaban, trece excolonias que habían peleado juntas por su independencia, que tenían muchas cosas en común, pero una gran cantidad de diferencias, intereses, economías. Les unía unos débiles artículos de funcionamiento. Entonces todos tenían que decidir cómo funcionarían en lo adelante, si separaran cada uno por su parte o se unirían.
Se considera el padre de la Constitución a James Madison, que escribió casi todo el borrador, pero estuvo modificado, discutido y analizado por varios meses por muchas personas, especialmente algunos que se consideran los padres fundadores.
Pero muchos tenían dudas sobre si ratificar o no la Constitución, temían que la democracia no garantizara toda la libertad, que para ellos era lo más preciado. Entonces se hicieron enmiendas, las que reciben el nombre de Declaración de Derechos. Absolutamente ninguna persona o institución puede violar esos derechos.
Primera enmienda: Protege las libertades fundamentales de expresión, religión, prensa, asamblea y petición al gobierno.
Segunda enmienda: Establece el derecho de las personas a poseer y portar armas.
Cuarta enmienda: Prohíbe los registros e incautaciones irrazonables, exigiendo una orden judicial para buscar personas o bienes.
Quinta enmienda: Garantiza el debido proceso legal, protege contra la doble incriminación, y el derecho a no auto incriminarse.
Decimotercera enmienda: Abolió la esclavitud y la servidumbre involuntaria.
En estos años la Constitución ha tenido veintisiete enmiendas, pues ciertamente con el paso del tiempo se imponen algunas modificaciones. Desde 1902, que se instauró la República de Cuba, han existido cuatro constituciones, lo que puede indicar que el modelo utilizado lleva tantas especificaciones, que pronto se quedan obsoletas.
Existen muchos factores que inciden en esto. Por ejemplo, en la Constitución de 1940 cada uno de los muchos partidos que participaron quería reflejar en el documento sus posiciones partidistas. Por ejemplo, mientras que el Congreso de los Estados Unidos propone el presupuesto para un periodo, en la Constitución del 40 se estableció el parámetro a seguir para el presupuesto de educación y para el salario de los maestros en el artículo 52.
No es un documento sencillo, cada punto tiene una importancia trascendental, y es necesario decidir qué tipo de constitución se quiere y su flexibilidad.
Pero si bien la Constitución de los Estados Unidos es excelente, eso no quiere decir que es perfecta. El paso del tiempo y el desarrollo de la sociedad han ido creando otras condiciones.
Por ejemplo, si bien existe una limitación del tiempo de servicio para un presidente, no existe para los legisladores. Así las cosas, se ha creado un grupo de legisladores que sirven por décadas, que crea muchísimos compromisos, y que, al escucharlos hablar, y verlos moverse, se pone en duda que sean ellos los que realmente toman las decisiones, Esa clase política creo que también existe en otros lugares, por ejemplo, Colombia. Sin embargo, el cambio es por una ley y los que la tienen que hacer no quieren ver afectados sus intereses creados. En el caso de un país que se tiene que refundar, eso se puede tomar en cuenta desde el comienzo.
Acá en los Estados Unidos, el Congreso puede aprobar leyes que todos los ciudadanos deben cumplir, excepto ellos. Por ejemplo, el uso privilegiado de información para inversión en la bolsa. En mi opinión, las leyes deben ser obedecidas por todos, incluidos todos los políticos.
En diversos países un partido ha tomado la mayoría del Congreso, y han modificado la Constitución para perpetuarse en el poder. Está claro que de alguna manera algunos artículos deben estar blindados de manera que solo puedan ser cambiados por referéndum popular y requerir la aprobación de las tres cuartas partes.
En España hemos visto que es posible que el partido que no es el más votado se quede en el poder por alianzas con minorías regionales. En mi opinión eso debe evitarse.
Estos son solo ejemplos, no sé ni siquiera si la Constitución aplica en todos ellos. Pero podemos hacer una hermosa y nueva Constitución para Cuba, y un efectivo sistema electoral con los expertos que tenemos, y con la experiencia que han vivido los ciudadanos cubanos en prácticamente todos los países del mundo.
Espero en Dios contar con su inspiración para lograr una República con todos y para el bien de todos, como la quería José Martí.
Estela Teresita Delgado Rosales (La Habana, 1956).
Graduada como traductora e intérprete en la Universidad de La Habana en 1984. Graduada del Klessheim Institute de Austria en la especialidad de Turismo. Autora de tres libros: Almas escondidas, 2009, La revolución de Castro al desnudo, 2023 (segunda edición) y Crónica de un aldabonazo, 2024. Reside en Miami.
