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enero-febrero. año VII. No. 41. 2001

ÍNDICE

OPINIÓN

  

 

LAS ONGs:

complemento indispensable a los mecanismos de

protección de los DERECHOS HUMANOS

por Alfredo Felipe Fuentes

 

     

 

En las últimas décadas, en todas partes del mundo se han venido creando y desarrollando asociaciones voluntarias de ciudadanos, dedicadas a trabajar en el campo de los Derechos Humanos, que constituyen el complemento indispensable a los mecanismos de protección de los derechos humanos . Se les conoce como Organizaciones no Gubernamentales de Derechos Humanos (ONGs). Se organizan formal o informalmente y asumen de manera voluntaria la misión de fiscalizar públicamente el respeto por los derechos humanos. La actividad que desarrollan es muy diversa y comprende desde acciones de defensa, investigación y denuncia hasta educación y promoción en materia de derechos humanos.
Quizá la primera referencia a las ONGss en el marco del derecho internacional, es la que aparece en el artículo 71 de la Carta de las Naciones Unidas. Más de dos decenios después, la Resolución 1296 de 1968 establece una reglamentación para las relaciones de las ONGss con Las Naciones Unidas.

Clasificación.
Teniendo en cuenta el alcance de sus recursos y con el propósito de una mayor especialización, las ONGs de Derechos Humanos, suelen autoimponerse limitaciones específicas en relación con el ámbito en que se desempeñan, lo que se denomina Mandato General de la ONG.

En este sentido de acuerdo con su mandato general las ONGs se clasifican en dos grandes categorías generales:
1.-Defensa, Denuncia y Documentación.
Las ONGs que trabajan exclusivamente en esta área usualmente persiguen satisfacer una necesidad urgente e inmediata de corto plazo; pudiendo llegar a especializarse en violaciones específicas como: detenciones arbitrarias, tortura, desapariciones, libertad de expresión, derecho de asociación, etc.
2.-Educación, Promoción y Documentación.
Las ONGs dedicadas a esta esfera, apuntan a objetivos de mediano y largo plazo y se proponen la modificación, reforma o eliminación de las causas que originan las violaciones y los abusos a los Derechos Humanos.

En relación con el ámbito normativo o Mandato Específico, tradicionalmente se hace la distinción entre aquellas ONGs que se desempeñan en:
a)Derechos civiles y Políticos.
b)Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Dependiendo del ámbito geográfico en el cual desarrollan su labor, las ONGs se dividen en:
a)Nacionales (Se desenvuelven en un solo estado)
b)Regionales (trabajan para todo un continente)
c)Internacionales (actúan a nivel mundial)

Atendiendo al origen de sus miembros o características de su estructura orgánica, las ONGs se pueden identificar en:
a)De origen religioso. Ej. (Vicaría Solidaridad Arzobispado Stgo. Chile)
b)De familiares de víctimas. (Ej. Las Madres de la Plaza de Mayo, Argent.)
c)De profesionales. Ej. (Equipo Argentino de Antropología Forense)
d)De ciudadanos en general. Existen variadas en todo el mundo.
e)De indígenas, existen en casi todos los Estados de América Latina.

Desde luego que estas clasificaciones, pueden variar ajustándose a circunstancias y situaciones políticas nuevas que se produzcan en el Estado donde radican las ONGs.

Sobre la necesidad de la existencia de las ONGs en todo el mundo
Existe la tendencia a creer que en los Estados democráticos no se cometen violaciones a los derechos humanos. Podemos afirmar que aunque en dichos Estados no son regla las violaciones graves y masivas sin embargo las llamadas violaciones endémicas son en la actualidad abusos frecuentes.
Las violaciones endémicas no son el resultado de políticas oficiales implementadas por un gobierno determinado, sino que son acciones resultantes del ejercicio abusivo del poder por parte de autoridades estatales en contra de la legalidad, a distintos niveles. Esto unido a la falta de recursos jurídicos eficaces para la prevención y el castigo o a la voluntad de actuar que propicia la impunidad, estimulando las violaciones. Y si esto es así en los países con regímenes democráticos, es lógico suponer una situación mucho peor en los países con regímenes no democráticos.
De lo anterior se desprende la necesidad de organizaciones que velen por los derechos humanos y que sean INDEPENDIENTES del poder estatal. Ellas son las ONGs.

Sobre el prestigio y el reconocimiento de las ONGs.
El prestigio y reconocimiento de una ONG depende de dos factores fundamentales:
a) La seriedad y profesionalidad que logren alcanzar en el trabajo de verificación y documentación de cualquier denuncia o información.
b) Independencia respecto a gobiernos, partidos políticos o grupos de poder, ya que de ello depende su capacidad para fiscalizar objetivamente los actos que puedan tener consecuencias negativas para la plena vigencia de los derechos humanos.

Lo expresado en el inciso b no quiere decir, que en determinadas circunstancias y frente a gobiernos que muestren sensibilidad y voluntad política para corregir abusos a los derechos humanos e introducir reformas legislativas tendientes a prevenir violaciones, las ONGs no puedan mantener grados de colaboración y coordinación con las autoridades.
Las ONGs que más prestigio y reconocimiento han alcanzado, son aquellas que actúan despolitizadamente con un enfoque centrado solo en los derechos humanos; esto último es punto clave en la doctrina de los derechos humanos.
Un ejemplo de ONG con gran prestigio mundial, lo constituye Amnistía Internacional, cuya sede radica en Londres y que actúa desde hace más de 30 años a nivel internacional. Esta ONG ha denunciado sistemáticamente con igual energía y profesionalidad, las violaciones de derechos humanos cometidas tanto por gobiernos de izquierda como de derecha.

Sobre las vías que utilizan las ONGs para proteger los Derechos Humanos.
La gran mayoría de las ONGs, acuden a la opinión pública para informarla y sensibilizarla respecto a las violaciones de derechos humanos.
El vehículo de trabajo por excelencia son las publicaciones propias y las denuncias ante los medios de comunicación, especialmente los internacionales. Los medios de comunicación juegan un rol muy importante en la protección a los derechos humanos.
De igual modo, las ONGs recurren a los órganos internacionales encargados de proteger esos derechos, con el propósito de informarles y aprovechar el espacio que brindan para denunciar públicamente a aquellos Estados violadores.

Reacción de los Estados ante las Denuncias y Críticas de las ONGs.
Es muy frecuente que los Estados acusados reaccionen defensivamente. En muchas ocasiones los Estados no responden a los hechos imputados, sino por el contrario tratan de neutralizar a la ONG que los denuncia, utilizando para ello varios argumentos, por ejemplo:
-Cuestionan el derecho de la ONG a opinar sobre el caso, alegando el principio de no ingerencia, jurisdicción interna del Estado, etc.
Este argumento lo usan normalmente contra las ONGs internacionales.
-Atacan la credibilidad de la ONG, acusando a sus integrantes de actuar por motivaciones políticas u otros intereses. Se trata así, de levantar dudas respecto a las intenciones y la dignidad de los miembros de la ONG.
-Alegan falta de rigurosidad en los métodos de investigación de la ONG, tergiversan los hechos e inclusive llegan a sugerir que la información denunciada tiene como objetivo favorecer al enemigo, la subversión, etc.

Existen otros argumentos, pero la realidad es que con todos ellos, no se contribuye a un debate racional y transparente sobre los derechos humanos. Y lo que es más importante aún, no permite asegurar su pleno respeto, lo cual es, una obligación fundamental del Estado.
Con dichas actitudes, los Estados politizan y manipulan el tema de los derechos humanos con el objetivo de distraer a la opinión pública del punto central, que es la necesidad de responder pronta y efectivamente ante las denuncias de violaciones.

Artemisa, 17 junio del 2000

 

BIBLIOGRAFÍA

Tomo I, Serie Estudios de Derechos Humanos, Instituto Interamericano de Derechos Humanos IIDH. Costa Rica 1994, colaboración de José Miguel Vivanco.
Los Derechos Humanos, Hernando Valencia Villa, 1997 Madrid, Acento Editorial.
Agradecimientos:
Al IIDH San José Costa Rica y a la Embajada de España en La Habana por sus donaciones bibliográficas.

 


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